Derecho de Desistimiento
CMP - Comércio Online Marcas Premium Lda. (en adelante, mencionada brevemente como CMP) proporciona toda la información para que pueda ejercer su derecho de reclamación ante una entidad oficial, tercera e imparcial en el proceso ("entidad de resolución de litigios") que le ayudará a resolver el litigio en cuestión.
Así, si no está satisfecho con la adquisición de un bien o servicio en nuestro sitio web, o con la solución que le hemos presentado para resolver la situación, puede acceder a este sitio web oficial https://ec.europa.eu/consumers/odr/main/index.cfm?event=main.home.chooseLanguage y presentar su objeción.
Para cualquier divergencia que surja en las relaciones contractuales entre las Partes, se aplicará la legislación portuguesa. Cualquier cuestión o litigio que surja de la aplicación, interpretación, integración o ejecución del presente Contrato, cuando no pueda resolverse por acuerdo de las partes, aceptan como competente el tribunal portugués de la Comarca de Póvoa de Varzim, con renuncia expresa a cualquier otro.
- ¿Qué es la resolución alternativa de litigios?
La resolución alternativa de litigios es la posibilidad que todos los consumidores tienen a su disposición de recurrir a entidades oficiales que les ayuden en la resolución u orientación de algún conflicto, antes de iniciar procesos litigiosos en los tribunales.
Por regla general, el procedimiento es el siguiente: el cliente pide a un tercero imparcial que intervenga como intermediario entre él y el comerciante que es el objetivo de su reclamación. El intermediario puede sugerir una solución a su reclamación, imponer una solución a ambas partes o reunir a las partes para encontrar una solución.
La resolución alternativa de litigios es, por lo general, menos costosa, menos formal y más rápida que la vía judicial.
CMP pone a disposición los sitios web de las Entidades de Resolución Alternativa de Litigios que han sido comunicadas a la Comisión Europea, en los términos del apartado 2 del artículo 17 de la Ley n.º 144/2015, de 8 de septiembre, modificada por el Decreto-Ley n.º 102/2017, de 23 de agosto, y que podrán ayudarle a presentar sus argumentos:
Centro Nacional de Información y Arbitraje de Conflictos de Consumo (CNIACC);
Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo de la Región de Coimbra (CACRC);
Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo de Lisboa (CACCL);
Centro de Arbitraje de la Universidad Autónoma de Lisboa (CAUAL);
Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo de la Región Autónoma de Madeira (CACC RAM);
Centro de Información de Consumo y Arbitraje de Oporto (CICAP);
Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo del Ave, Tâmega y Sousa (TRIAVE);
Centro de Información, Mediación y Arbitraje de Consumo (Tribunal Arbitral de Consumo) (CIAB);
Centro de Información, Mediación y Arbitraje del Algarve (CIMAAL).
